Guía jurídica de la Sociedad Española de Pericia Veterinaria
Introducción
La custodia de mascotas en separaciones y divorcios es una cuestión cada vez más frecuente en los tribunales españoles. Desde la reforma del Código Civil en 2021, que reconoce a los animales como seres sintientes, los jueces deben valorar el bienestar animal al decidir con quién se queda la mascota.
Esta guía elaborada por la SEPV explica el marco legal vigente, los criterios que aplican los tribunales, el papel del informe pericial veterinario en estos procedimientos y las opciones disponibles para resolver estos conflictos.
Marco legal: animales como seres sintientes
Reforma del Código Civil (Ley 17/2021)
Desde diciembre de 2021, el Código Civil español reconoce que los animales de compañía son seres vivos dotados de sensibilidad, no meras cosas.
Artículo 333 del Código Civil: "Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección."
Implicaciones prácticas de la reforma
Criterio principal: bienestar del animal: Los jueces deben priorizar el interés del animal, no solo los deseos de las partes.
Custodia compartida posible: Como con menores, puede establecerse régimen de custodia compartida si beneficia al animal.
Derecho de visita: La parte que no obtiene custodia puede tener derecho de visita.
Pensión alimenticia: Pueden fijarse contribuciones económicas para gastos veterinarios, alimentación, etc.
Informe pericial relevante: El tribunal puede requerir o valorar informes técnicos sobre bienestar animal.
Importante: Importante: Aunque los animales no son "cosas", tampoco son equiparables completamente a menores. El régimen jurídico es específico y debe aplicarse caso por caso.
Criterios que valoran los jueces españoles
Los tribunales españoles aplican criterios técnicos para determinar qué es mejor para el animal.
Vínculo afectivo con cada parte
Qué se evalúa
Quién ha sido el cuidador principal: Paseos, alimentación, veterinario, adiestramiento.
Tiempo dedicado al animal: Horas diarias de convivencia y atención.
Vínculo observable: Reacción del animal ante cada persona (análisis etológico).
Historial de cuidados: Facturas veterinarias, compras, seguros a nombre de quién.
Cómo se acredita: Testigos, fotografías, facturas veterinarias, informe pericial con observación directa del animal con cada parte.
Capacidad económica para atender al animal
Qué se evalúa
Ingresos y situación económica: Capacidad para afrontar gastos veterinarios, alimentación, seguros.
Historial de pagos: Quién ha asumido gastos veterinarios históricamente.
Seguro veterinario: Si lo tiene contratado.
Estabilidad financiera: Empleo fijo, ingresos regulares vs precariedad.
Nota: No se trata de "quién tiene más dinero", sino de quién puede garantizar bienestar básico del animal sin dificultades.
Disponibilidad de tiempo
Qué se evalúa
Horario laboral: ¿Jornadas compatibles con atención al animal?
Disponibilidad diaria: Horas en casa vs horas fuera.
Viajes frecuentes: Trabajo que requiere desplazamientos constantes.
Red de apoyo: Familia cercana, paseadores, residencias caninas disponibles.
Ejemplo: Si una parte trabaja 12h diarias fuera de casa y la otra tiene teletrabajo o jornada reducida, este factor pesa en la decisión.
Condiciones de vivienda
Qué se evalúa
Espacio adecuado: Tamaño vivienda apropiado para el tamaño/raza del animal.
Zonas verdes cercanas: Parques, espacios para paseo.
Permiso para mascotas: Confirmación comunidad/propietario permite animales.
Jardín o terraza: Relevante para perros grandes o animales con necesidades específicas.
Estabilidad residencial: Mudanzas frecuentes vs vivienda estable.
Estabilidad emocional y situación personal
Qué se evalúa
Estabilidad personal: Situación emocional adecuada para cuidar del animal.
Nuevas parejas: Si hay nueva convivencia, compatibilidad con el animal.
Menores en la unidad familiar: Convivencia con niños y su relación con el animal.
Otros animales: Si hay más mascotas, compatibilidad.
Voluntad y capacidad de cooperación
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Escribir a asesoramiento@sepv.es →Los tribunales valoran positivamente la disposición a acordar régimen de visitas, compartir gastos y mantener contacto del animal con ambas partes si es beneficioso para él.
Regímenes de custodia posibles
Los tribunales españoles pueden establecer diferentes regímenes según el caso.
Custodia exclusiva
El animal vive permanentemente con una de las partes. Es el régimen más común cuando hay diferencias claras en capacidad de cuidado.
Cuándo se aplica
Una parte claramente mejor posicionada (tiempo, espacio, recursos)
El animal tiene vínculo principal con una persona
Custodia compartida no es viable (distancia, incompatibilidad)
Mejor para la estabilidad del animal (evitar estrés de cambios)
Derechos de la otra parte: Puede establecerse régimen de visitas (fines de semana alternos, vacaciones) y contribución económica a gastos.
Custodia compartida
El animal alterna periódicamente entre ambas viviendas.
Requisitos
Proximidad geográfica: Viviendas cercanas para no alterar rutinas del animal
Capacidad similar de ambas partes: Tiempo, espacio, recursos comparables
Animal adaptable: No todos los animales toleran bien cambios frecuentes
Capacidad de coordinación: Ambas partes deben poder comunicarse sobre el animal
Periodicidad habitual: Semanas alternas, quincenas, meses alternos. Depende de las necesidades específicas del animal.
Ventaja: El animal mantiene vínculo con ambas partes.
Inconveniente: Puede generar estrés en animales poco adaptables o si hay conflicto entre las partes.
Régimen de visitas
Una parte tiene la custodia y la otra derecho de visita periódico.
Ejemplos
Fines de semana alternos (sábado mañana a domingo tarde)
Tardes entre semana (recogida tras trabajo, paseo, devolución)
Períodos vacacionales (15 días verano, Navidades alternas)
Visitas supervisadas (si existe conflicto, en lugar neutral)
Asignación a una sola parte sin visitas
En casos excepcionales, el animal se asigna totalmente a una parte sin derechos de la otra.
Cuándo se aplica
Maltrato o negligencia grave de una parte hacia el animal
Imposibilidad total de una parte para cuidar del animal
Riesgo para el bienestar del animal si hay contacto con una parte
Renuncia expresa de una parte a cualquier contacto
Papel del informe pericial veterinario
El informe pericial veterinario aporta criterio técnico objetivo al procedimiento judicial.
Qué evalúa el perito veterinario
Estado de salud y bienestar actual del animal: Evaluación veterinaria completa.
Análisis etológico del vínculo: Observación directa del comportamiento del animal con cada parte.
Necesidades específicas de la especie/raza: Ejercicio, espacio, socialización.
Evaluación de condiciones de cada vivienda: Espacio, seguridad, adecuación.
Capacidad de cada parte para atender necesidades del animal: Tiempo, recursos, conocimientos.
Impacto del régimen propuesto en el animal: Estrés de cambios, adaptabilidad.
Metodología del informe pericial
Revisión documentación: Historias veterinarias, facturas, fotografías, testimonios.
Exploración física del animal: Estado sanitario, signos de estrés, comportamiento.
Observación con cada parte: Sesiones individuales para evaluar vínculo afectivo.
Visita a viviendas: Evaluación de condiciones de espacio y seguridad.
Análisis etológico: Reacciones del animal, signos de apego, respuesta a cada persona.
Conclusiones del informe
El informe pericial concluye con una recomendación técnica fundada
Custodia exclusiva a una parte específica (fundamentando por qué)
Custodia compartida (con periodicidad recomendada)
Régimen de visitas específico
Condiciones que deben cumplirse en cada escenario
Recomendaciones sobre gastos compartidos
Importante: Importante: El informe pericial NO es vinculante, pero los tribunales lo valoran muy positivamente al ser criterio técnico objetivo centrado en el bienestar animal.
Gastos del animal: quién paga qué
Los tribunales pueden establecer contribuciones económicas para los gastos del animal.
Gastos ordinarios
Alimentación diaria
Revisiones veterinarias rutinarias
Vacunaciones y desparasitaciones
Productos de higiene (champús, cepillos)
Seguro veterinario (si existe)
Criterio habitual: Quien tiene la custodia asume gastos ordinarios, salvo que se pacte reparto proporcional.
Gastos extraordinarios
Tratamientos veterinarios urgentes o imprevistos
Cirugías
Hospitalizaciones
Tratamientos prolongados (quimioterapia, fisioterapia)
Adiestramiento profesional (si es necesario)
Criterio habitual: Se reparten al 50% o proporcionalmente a ingresos de cada parte. Requieren consentimiento previo o, en urgencias, comunicación inmediata.
Acuerdo extrajudicial vs vía judicial
Acuerdo extrajudicial (recomendado)
Ventajas: Rápido (días/semanas), económico (sin abogados ni tasas judiciales), flexible (se adapta a necesidades del animal), revisable (se puede modificar si cambian circunstancias).
Cómo hacerlo: Negociación directa, mediación familiar, incluir acuerdo en convenio regulador de divorcio.
Recomendación: Un informe pericial previo facilita mucho el acuerdo al dar criterio técnico objetivo.
Vía judicial (si no hay acuerdo)
Se tramita dentro del procedimiento de divorcio o separación, o mediante demanda independiente.
Duración: 8-18 meses (depende del juzgado y complejidad)
Coste: Abogado €1.200-€2.500, procurador €300-€500, informe pericial €800-€1.200
Resultado: Sentencia vinculante que establece régimen de custodia, visitas y gastos. Ejecutable judicialmente si se incumple.
Conclusión
La custodia de mascotas en separaciones es una cuestión jurídica cada vez más relevante en España. Desde la reforma de 2021, los tribunales deben priorizar el bienestar del animal, aplicando criterios técnicos para determinar el mejor régimen de custodia.
El informe pericial veterinario es una herramienta fundamental en estos procedimientos, aportando análisis objetivo y técnico que ayuda tanto a las partes a alcanzar acuerdos como a los jueces a tomar decisiones fundadas.
La SEPV dispone de peritos veterinarios especializados en evaluación de bienestar animal, análisis etológico y elaboración de informes periciales para procedimientos de custodia de mascotas.
Para consultas: sepv.es | asesoramiento@sepv.es
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Guía elaborada por la Sociedad Española de Pericia Veterinaria (SEPV)
Institución de referencia en pericia veterinaria en España desde 2010
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